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CERTIFICADO ENERGETICO BARCELONA

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CEDULA DE HABITABILIDAD

Según el Decreto 141/2012 que entró en vigor el 02/11/2012, todas las viviendas, tanto las nuevas como las usadas, necesitan acreditar las condiciones mínimas de habitabilidad mediante la cédula de habitabilidad.

Es imprescindible tener esta cédula para poder dar de alta los servicios de agua, electricidad y gas. Asi como también para la venta o alquiler del inmueble en cuestión.

Los documentos necesarios para la obtención de Cédula de Habitabilidad varían según el tipo de vivienda. Generalmente sólo se precisará del certificado de habitabilidad emitido por el arquitecto.

Pero si la vivienda está situada en una Planta Baja, Entresuelo, Ático o sobre Ático, se deberá aportar a la solicitud, una copia de la Escritura de obra nueva o compraventa de la vivienda, o en su defecto, una copia de la Nota Registral en la que se describa la entidad como vivienda.

La Cédula de Habitabilidad tiene una vigencia de 15 años, tras los cuales habrá que proceder a su renovación.