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CERTIFICADO ENERGETICO BARCELONA

Desde 53,90 € (IVA y tasa incluidos para pisos hasta 150 m2 en Barcelona Ciudad) 

Arquitectos Técnicos colegiados

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¿En qué consiste?

El certificado de eficiencia energética o certificado energético es un documento oficial expedido por un técnico competente en el que se califica energéticamente el inmueble, yque acredita el consumo energético del mismo.
 
En este certificado se resumen los datos recogidos en la visita sobre orientación, situación, envolvente, iluminación y sistemas de producción de energía en condiciones normales de ocupación y mantenimiento.
 
En un edificio, la eficiencia energética se calcula midiendo la energía consumida todos los años en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como «la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente sanitaria y calidad de aire interior», detalla Tinsa.
En concreto, el indicador recoge los kilogramos de CO2 divididos por los metros cuadrados de la vivienda (kg CO2/m2 al año). A aquellos con un ratio de emisiones por debajo de los 6,8 kg CO2/m2 al año se le asigna la letra A, la mejor calificación. La peor nota (la G) es para aquellos inmuebles que superan los 70,9 kg C02/m2 anuales.
 

¿Qué edificios se deben certificar?

Por lo general, todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler. La normativa incluye algunas excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el certificado, aunque la mayor parte no son representantivos del actual parque de viviendas. Por su parte, será obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus cerramientos.

¿Cuándo se tiene que entregar el certificado?

Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.

¿Cuáles son las sanciones?

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves

Tasas

Certificación de edificios existentes:

  • Vivienda unifamiliar o piso: 11,55€.
  • Bloque de viviendas: la tasa será proporcional al número de viviendas T = 5,15*V + 5,50, on T serà la taxa i V el número de viviendas del bloque
  • Otros usos: 10,50€ + 0,1 €/m2.

En ningún caso la tasa será superior a 262,50€.